Los Arraigos son modalidades de autorización de residencia temporal aplicables a extranjeros que se encuentran en España en situación irregular, estarán establecidas en el nuevo Reglamento de Extranjería, con vigencia el día 20 de Mayo del 2025. Puedes optar, entre otros requisitos, luego de cumplir dos años de permanencia continuada y tendrán una duración de un año, a excepción del arraigo familiar que no requiere permanencia mínima y la autorización será de cinco años.
Opciones:
- Arraigo Social.
- Arraigo Familiar.
- Arraigo Socioformativo.
- Arraigo Sociolaboral.
- Arraigo de Segunda Oportunidad.
¿Quieres saber más?
Somos un grupo jurídico. Ofrecemos asesorías personalizadas de forma online y presencial, donde analizaremos tu caso concreto para orientarte y acompañarte en tu proceso de regularización en España.